BASES Y
CONDICIONES
PROMOCIÓN CAMPAÑA
FIN DE AÑO “BONOS DE FIN DE AÑO”
1. ORGANIZADOR. TODO FRANQUICIA S.A. en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N°
80056073-6, domiciliada en Avda. Mcal. López casi Francisco Bogarín N° 1445 de
la ciudad de Fernando de la Mora, teléfono (021) 289 9000, realizará la
promoción denominada “BONOS DE FIN DE AÑO”
en adelante la PROMOCIÓN.
2. VIGENCIA. La PROMOCIÓN tendrá vigencia desde las
00:00hs del día 01 de diciembre de 2024 hasta las 23:59hs del 08 de enero 2025,
y será válida para todo el territorio nacional.
3. PARTICIPANTES. Podrán participar de la PROMOCIÓN todas las personas
físicas que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
4. RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN. No podrán participar de la PROMOCIÓN, ni hacerse
acreedores de los premios:
a.
Los menores de 18 años.
b.
Los prófugos de la justicia o con privación de
libertad por mandato judicial.
c. Los
propietarios, accionistas, apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o
empleados del ORGANIZADOR, ni ninguna de las sociedades y/o empresas vinculadas
con éste, o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
d. Además,
tampoco podrán participar ni hacerse acreedores de los premios los ex empleados
de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los
sesenta (60) días anteriores a la fecha de comienzo de la vigencia de esta
PROMOCIÓN, ni sus parientes hasta el mismo grado de consanguinidad o afinidad
antes mencionado.
e. Los
clientes que no se encuentren al día con sus cuotas con el ORGANIZADOR.
5. SISTEMA DE PARTICIPACIÓN.
Participan de la promoción todos los clientes que durante el período de
vigencia de la PROMOCIÓN adquieran productos en promoción del ORGANIZADOR por
un valor mínimo de Gs. 2.500.000 (guaraníes dos millones
quinientos mil), al contado o crédito, de cualquiera
de las sucursales y/o canales de venta. Los cupones son generados de forma
electrónica y automática, al realizar la compra mencionada, durante la vigencia de
la PROMOCIÓN.
La mecánica es la siguiente: A partir de
Gs. 2.500.000 de
compra de un producto en promoción, el usuario tendrá derecho a 1 (un) cupón
generado de forma electrónica y en caso de adquirir algún producto de estas
marcas: JVC | TOKYO | REMINGTON| WHIRLPOLL | ARNO | NOGAL | TRAPP |MABE |
PHILIPS | TCL | AIWA |REALCE |BLACK&DECKER |MOULINEX | EVOLUTION | GEORGE
FOREMAN | GAFA | ZANZINI| LG. tendrá el derecho y beneficio de duplicar su
cupón.
TABLA
DE IMPORTES Y MARCAS: Los clientes que realicen una compra al contado o
crédito, desde
2.500.000 Gs,
participan de la PROMOCIÓN, y podrán duplicar sus cupones de acuerdo a como
figura en la siguiente tabla.
6. PREMIOS. Durante y al final de la PROMOCIÓN serán sorteados: 15 vales de compra por valor de Gs. 3.000.000
cada uno.
Los premios
no podrán en ningún caso ser canjeados por dinero en efectivo, ni por un bien
distinto al indicado precedentemente, ni cedidos a terceros por el ganador. Los
PREMIOS no incluyen ningún otro servicio o bien distinto del expresamente
mencionado en las BASES.
Los premios
solo serán entregados al titular ganador/a, con presentación de su cédula de
identidad y copia de su factura de compra realizada, y no podrán ser reclamados
por otras personas que no sean los ganadores titulares y/o suplentes.
Los premios
serán comunicados en todos los medios disponibles por el ORGANIZADOR.
7. SORTEO: Los sorteos se realizarán en el domicilio del
ORGANIZADOR en las siguientes fechas:
ü
Viernes 20 de diciembre 2024: 5 vales de compra
ü
Viernes 27 de diciembre 2024: 5 vales de compra
ü
Viernes 10 de enero del 2025: 5 vales de compra
a.
Como sistema de sorteo se empleará el uso de cupones
electrónicos generados de forma automática al momento de la compra. El SORTEO
será efectuado mediante la ejecución de un sistema informático propio del
ORGANIZADOR, haciendo que la selección de los
ganadores sea efectuada en forma totalmente aleatoria y al azar.
b.
Durante el sorteo de los premios además de los
ganadores, se seleccionará a los suplentes correspondientes, quienes serán los acreedores del premio únicamente en
caso de que el/los ganador/es titular/es no cumpla/n con los requisitos de
participación establecidos en estas Bases y Condiciones o no aceptase el premio
por el motivo que fuere.
8. EXCLUSION. En el caso en que el ORGANIZADOR constate que el
potencial ganador se encuentra inhabilitado por hallarse dentro de las restricciones de participación
establecidas en estas bases y condiciones, se procederá a la anulación del
cupón seleccionado, adjudicando de manera oficial al suplente inmediato,
pasando este a ser el acreedor del premio.
9. NOTIFICACION: Los ganadores serán
notificados vía telefónica en el transcurso de las 48 horas posteriores al
sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos
dígitos del documento de identidad) será publicado en la página web del
ORGANIZADOR (www.tiendagonzalito.com.py) y en sus redes sociales oficiales.
10. RETIRO DE PREMIOS. El ganador tendrá un
plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del sorteo para retirar
el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el
ORGANIZADOR. Como requisito necesario de asignación del PREMIO los
PARTICIPANTES ganadores deberán presentar su cédula de identidad y factura de
compra a EL ORGANIZADOR.
11. PREMIOS VACANTES. Cumplido el plazo sin
que se haya presentado el (los) ganador/es, el premio será destinado al
financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.
12. RESPONSABILIDAD. El ORGANIZADOR no
será responsable del uso o destino que el ganador otorgue a los premios
recibidos y los daños que pudiese causarse.
13. PUBLICIDAD. El ganador, al momento de aceptar y retirar el
premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su
nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa
escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCIÓN. La cesión de derechos será otorgada al solo efecto de
publicitar el resultado de la promoción de referencia, y no será utilizada para
otros fines.
14. PRIVACIDAD. Los datos personales que el ORGANIZADOR reciba o
posea de los participantes serán tratados de acuerdo con la legislación vigente
en materia de protección de datos de carácter personal. El ORGANIZADOR se
compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso de los datos entregados
por
el
PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCIÓN. En caso de que el registro de participación sea realizado
por medios electrónicos, el ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o destino que hará de la
información personal recopilada, mediante mensaje que será publicado en la
misma plataforma de registro.
15. MODIFICACIONES. El ORGANIZADOR podrá,
previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o
cancelar esta PROMOCIÓN cuando circunstancias
imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones
introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos
adquiridos.
16. REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN.
La participación en esta promoción implica la aceptación de lo establecido en
estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los
participantes en el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La
eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y
Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
17. CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA WEB.
Además de cumplir con lo establecido en las presentes Bases y Condiciones, el
PARTICIPANTE se compromete a cumplir con los requisitos y disposiciones
establecidas en el reglamento de
condiciones de uso de la aplicación o plataforma web que el ORGANIZADOR
pondrá a disposición de los participantes durante la vigencia de la PROMOCIÓN.
18. JURISDICCIÓN. Toda situación que pudiera derivar en un conflicto
entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las
partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso
de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos,
y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial de los Tribunales
Ordinarios civiles correspondientes a la ciudad de Asunción de la República del
Paraguay.